Luego de obtener el visado por reagrupación. de trabajo, de estudios, etc y viajar a España, al llegar debe tenerse en cuenta de hacer los siguientes trámites de extranjería .Por favor confirme los requisitos de cada gestión:
Empadronarse, presentándose en la oficina del ayuntamiento con el cónyuge y su DNI para anexarse a su registro. Libro de Familia y pasaporte. Si su reagrupación fué en régimen general, deberá acudir con el documento del familiar que dió derecho a la reagrupación, la resolución favorable y el pasaporte.
- Darse de Alta en Seguridad Social, se anexa a la cartilla del cónyuge Español, con su DNI, Libro de Familia, pasaporte y número de NIE. En reagrupación general, deberá acudir con los documentos del familiar reagrupante y la resolución favorable.
- Trámite de solicitud de residencia de familiar comunitario
- Darse de alta en la Oficina de Empleo, NIE (tarjeta de residencia)
- Darse de alta en la Delegación de Hacienda, NIE (tarjeta de residencia) si no se trabaja, su cónyuge le incluirá como dependiente en su declaración de renta, además tendrá derecho a devolución de impuestos desde el momento que fué aprobado el matrimonio en España y pasó a ser casado.
- Hacer canje de carnet de conducir.
- Hacer la inscripción consular. Requisito necesario para cualquier trámite ante el Consulado de Colombia
- Es importante que homologuen los estudios o al menos soliciten el reconocimiento académico. Al llegar aquí, y carecer de certificado de homologación, no tendremos nivel de estudios alguno ante organismos oficiales. No es un trámite difícil y se puede iniciar en Colombia. Para los Colombianos, el título de bachiller es un paso más, pero con reconocimiento aquí en España, marca la diferencia, ante el Inem (por ejemplo), a la hora de acceder a una mejor oferta de trabajo y para aplicar a cursos gratuitos de formación.
- Cuando cumpla el tiempo establecido por la ley, solicitar la Nacionalidad.
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