Luego de obtener el visado por reagrupación. de trabajo, de estudios, etc  y viajar a España, al llegar debe tenerse en cuenta de hacer los siguientes trámites de extranjería .Por favor confirme los requisitos de cada gestión:

  • Empadronarse, presentándose en la oficina del ayuntamiento con el cónyuge y su DNI para anexarse a su registro. Libro de Familia y pasaporte.  Si su reagrupación fué en régimen general, deberá acudir con el documento del familiar que dió derecho a la reagrupación, la resolución favorable y el pasaporte.

  • Darse de Alta en Seguridad Social, se anexa a la cartilla del cónyuge Español, con su DNI, Libro de Familia, pasaporte y  número de NIE.  En reagrupación general, deberá acudir con los documentos del familiar reagrupante y la resolución favorable.
  • Darse de alta en la  Oficina de Empleo,  NIE (tarjeta de residencia)
  • Darse de alta en la Delegación de Hacienda,  NIE (tarjeta de residencia) si no se trabaja,  su cónyuge le incluirá como dependiente en su declaración de renta, además tendrá derecho a devolución de impuestos desde el momento que fué aprobado el matrimonio en España y pasó a ser casado.
  • Hacer canje de carnet de conducir.
  • Es importante que homologuen los estudios o al menos soliciten el reconocimiento académico. Al llegar aquí, y carecer de certificado de homologación, no tendremos nivel de estudios alguno ante organismos oficiales. No es un trámite difícil y se puede iniciar en Colombia. Para los Colombianos, el título de bachiller es un paso más, pero con reconocimiento aquí en España, marca la diferencia, ante el Inem (por ejemplo), a la hora de acceder a una mejor oferta de trabajo y para aplicar a cursos gratuitos de formación.
  • Cuando cumpla el tiempo establecido por la ley, solicitar la Nacionalidad.


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